Corredor Responsable: Alan Carlos Bosque CSI 6941 / CPI 8672 -
Contacto: Carolina La Rocca
Luminoso y cómodo monoambiente en una excelente ubicación
Ubicado en un edificio moderno, sobre una cuadra tranquila y agradable, este monoambiente combina comodidad, funcionalidad y una ubicación estratégica.
Se encuentra a pocos metros de Av. Triunvirato y Av. de los Incas, y a solo 5 cuadras de la estación Tronador – Villa Ortúzar de la Línea B de subte, con excelente conectividad.
Al ingresar, nos recibe un ambiente cálido y muy luminoso gracias a su amplio ventanal. La cocina se encuentra separada del ambiente principal y está equipada con muebles de guardado, calefón, horno eléctrico y anafe, brindando mayor comodidad para el día a día.
El baño es completo, cuenta con bañera y un diseño cómodo y funcional.
Alquiler administrado por Garantor.
APTO PROFESIONAL
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En cumplimiento de la Ley 2340 CUCICBA, Ley 10.973 de la Prov. Bs.As., Ley Nacional 25.028, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los agentes NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte de los martilleros y corredores colegiados, cuyos datos se exhiben debajo del nombre de la inmobiliaria.\" Corredor matriculado ALAN CARLOS BOSQUE CSI 6941 / CPI 8672
La venta queda sujeta al cumplimiento por parte del propietario de lo establecido por la Resolución General Nº 2371 de AFIP (COTI)
RAU S.R.L. no ejerce el corretaje inmobiliario. El presente sitio web es una plataforma en donde cada oficina inmobiliaria independiente que contrata los servicios RE/MAX puede publicar las propiedades a su cargo. Cada oficina es de propiedad y gestión independiente, por lo que RAU S.R.L. no interviene en los datos de la publicación, en la operación inmobiliaria, ni en la confección y/o firma del boleto de compraventa y/o escritura y/o contrato de alquiler. En cumplimiento de las leyes vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los agentes/gestores NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte del corredor público inmobiliario colegiado a cargo de la publicación, cuyos datos se exhiben en la presente. La presente publicación describe las características esenciales del inmueble, debiéndose consultar al corredor público inmobiliario responsable de la operación por la eventual actualización de las medidas, descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, servicios, impuestos, precios y demás información, cuyos valores son aproximados.
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
El inmueble es accesible para personas con discapacidades físicas.