Corredor Responsable: Claudio Rudecindo CMCPSI 6807 / Cristian Arnal Ponti CPI 3570 -
Contacto: Jorge Tolisano
MONOAMBIENTE EN ALQUILER SIN EXPENSAS CABALLITO AVENIDA DÍAZ VÉLEZ
Monoambiente muy luminoso ubicado en el primer piso de PH con acceso por escalera, ideal para estudiante o profesional que busque independencia en zona céntrica de Caballito.
CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE
Superficie total de 26 m² distribuidos en un ambiente versátil con cocina separada y baño completo. La unidad destaca por su gran ventanal que proporciona excelente iluminación natural durante todo el día.
DISTRIBUCIÓN Y SERVICIOS
• Cocina separada con espacio disponible para mesa y armar cocina comedor
• Anafe y horno eléctrico
• Heladera incluida
• Agua caliente por termotanque eléctrico
• Baño completo con ducha
• Sin expensas
UBICACIÓN ESTRATÉGICA
Situado en Avenida Díaz Vélez al 5200, el inmueble se encuentra a 100 metros de la Universidad Maimónides y el Hospital Durand, a 200 metros del Parque Centenario y a 400 metros del Cid Campeador. Proximidad a Avenida Ángel Gallardo y acceso a numerosos medios de transporte.
TRANSPORTE PÚBLICO
Colectivos disponibles: 15, 24, 36, 42, 55, 57, 76, 92, 99, 105, 106, 110, 119, 124, 135, 141, 146
CONDICIONES DE ALQUILER
Duración del contrato: 24 meses con actualización cuatrimestral por IPC
Requisitos:
• Un mes de adelanto
• Depósito
• Seguro de caución o garantía propietaria
INFORMACIÓN LEGAL
El equipo Remax Capital a cargo de los profesionales matriculados C. Arnal Ponti C.P.I. 3570 / Claudio Elio Rudecindo C.M.C.P.S.I 6807 ofrecemos esta propiedad.
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
Los metros aquí publicados son aproximados. Los reales surgen de la escritura. Esta publicidad respeta lo establecido en el art. 4 y 8 de la ley 24.240 En cumplimiento de las leyes provinciales vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los agentes NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte de los martilleros y corredores colegiados, cuyos datos se exhiben debajo del nombre de la inmobiliaria.
RAU S.R.L. no ejerce el corretaje inmobiliario. El presente sitio web es una plataforma en donde cada oficina inmobiliaria independiente que contrata los servicios RE/MAX puede publicar las propiedades a su cargo. Cada oficina es de propiedad y gestión independiente, por lo que RAU S.R.L. no interviene en los datos de la publicación, en la operación inmobiliaria, ni en la confección y/o firma del boleto de compraventa y/o escritura y/o contrato de alquiler. En cumplimiento de las leyes vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, Ley Nacional 25.028, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los agentes/gestores NO ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte del corredor público inmobiliario colegiado a cargo de la publicación, cuyos datos se exhiben en la presente. La presente publicación describe las características esenciales del inmueble, debiéndose consultar al corredor público inmobiliario responsable de la operación por la eventual actualización de las medidas, descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, servicios, impuestos, precios y demás información, cuyos valores son aproximados.
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.
El inmueble no es accesible para personas con discapacidades físicas.