Desalojo en Argentina 2026: cuánto tarda (6 a 14 meses), pasos y costos
13 min de lectura
por Roomix
Desalojo en Argentina 2026: cuánto tarda, pasos y costos
Respuesta corta: un juicio de desalojo en Argentina tarda entre 6 y 14 meses si no hay apelación, y entre 12 y 24 meses si la hay. Siempre es un proceso judicial: nadie puede desalojar por mano propia. Antes de demandar hay que agotar la mediación previa obligatoria (Ley 26.589), que suma 1 a 3 meses. Y la causal más frecuente —falta de pago— recién se configura cuando el inquilino debe dos o más períodos consecutivos y fue intimado fehacientemente con un plazo mínimo de 10 días corridos (art. 1222 CCyC).
Etapa
Plazo real estimado
Mediación previa obligatoria
1-3 meses
Demanda, sorteo y notificación
1-2 meses
Contestación y prueba
3-8 meses
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Ya seas propietario que necesita recuperar su propiedad o inquilino que enfrenta una demanda, entender cómo funciona el proceso legal de desalojo en Argentina es fundamental para proteger tus derechos y actuar correctamente.
En esta guía te explicamos todo: las causales válidas, los pasos del proceso judicial, los plazos reales, los costos involucrados y los derechos de ambas partes.
¿Qué es un desalojo y quién puede pedirlo?
El desalojo es un proceso judicial mediante el cual el propietario o locador solicita a un juez que ordene la restitución del inmueble que está ocupado por un inquilino u ocupante. Es decir, es el mecanismo legal para que quien tiene derecho sobre una propiedad recupere la posesión cuando la otra parte no la entrega voluntariamente.
Puntos clave
Es un proceso judicial: no podés desalojar a alguien por tu cuenta. Siempre se requiere intervención de un juez.
Requiere causa: no alcanza con "querer recuperar el inmueble". Tiene que existir un motivo legal válido.
Tiene plazos: el proceso lleva meses y, en algunos casos, más de un año.
Se puede prevenir: un buen contrato y una comunicación clara pueden evitar llegar a esta instancia.
¿Cuáles son las causales válidas de desalojo?
El Código Civil y Comercial de la Nación y el Código Procesal establecen diversas causales que habilitan el inicio de un proceso de desalojo.
Falta de pago de alquileres
Es la causal más frecuente. Se configura cuando el inquilino debe dos o más períodos consecutivos de alquiler. Antes de iniciar el desalojo, el propietario debe intimar al pago mediante una notificación fehaciente (carta documento o acta notarial), otorgando un plazo de al menos 10 días corridos desde la recepción y especificando el lugar de pago (art. 1222 CCyC; el DNU 70/2023 no modificó ese artículo).
Importante: si el inquilino paga dentro del plazo de la intimación, la causal se extingue y no se puede iniciar el desalojo por esa misma deuda.
Vencimiento del contrato
Cuando el contrato de alquiler llega a su fecha de finalización y el inquilino no restituye el inmueble. En este caso:
Si el inquilino sigue ocupando el inmueble, no hay tácita reconducción: el contrato no se renueva automáticamente por otro plazo. La locación continúa en los mismos términos hasta que cualquiera de las partes la dé por concluida mediante comunicación fehaciente (art. 1218 CCyC)
Recibir pagos durante esa continuación no cambia esa regla ni crea un plazo nuevo (art. 1218, segundo párrafo)
Concluida la locación, el inquilino debe restituir la tenencia (art. 1223) y, si no lo hace, el propietario puede iniciar el desalojo judicial
Uso indebido del inmueble
Cuando el inquilino usa la propiedad para un fin distinto al pactado en el contrato. Por ejemplo:
Usar una vivienda como local comercial sin autorización
Realizar actividades ilícitas en el inmueble
Subalquilar sin autorización del propietario
Generar molestias graves a los vecinos
Daños graves al inmueble
Si el inquilino causa deterioros importantes que van más allá del desgaste normal por uso. Esto incluye:
Modificaciones estructurales sin autorización
Falta de mantenimiento que provoque deterioro significativo
Destrucción deliberada de instalaciones
Necesidad del propietario
En algunos contratos se incluye una cláusula que permite al propietario solicitar la restitución si necesita el inmueble para uso propio o de familiares directos. Desde el DNU 70/2023, el art. 1219 del CCyC permite al locador resolver el contrato "por cualquier causa fijada en el contrato" (inciso d). Esta causal:
Debe estar expresamente pactada en el contrato
Conviene comunicarla de forma fehaciente y hacer revisar la redacción de la cláusula por un abogado
Ocupantes sin título ni contrato
Cuando una persona ocupa un inmueble sin ningún derecho legal (ni contrato, ni boleto de compraventa, ni posesión legítima). Es el caso de las usurpaciones u ocupaciones ilegales.
Proceso de Desalojo Paso a Paso
Paso 1: Mediación previa obligatoria
Desde la implementación de la Ley 26.589 de Mediación Obligatoria, antes de iniciar cualquier demanda de desalojo en la mayoría de las jurisdicciones es necesario agotar la instancia de mediación.
Cómo funciona:
Se designa un mediador (puede ser por sorteo o por elección de partes)
Se convoca a ambas partes a una audiencia
El mediador intenta que lleguen a un acuerdo
Si hay acuerdo, se firma un acta de mediación que es ejecutable por el procedimiento de ejecución de sentencia (art. 30)
Si no hay acuerdo, se emite un certificado de mediación frustrada que habilita a iniciar la demanda
Plazo de la mediación: el plazo legal es de hasta 60 días corridos desde la última notificación al requerido, prorrogable por acuerdo de las partes (art. 20 de la Ley 26.589); sumando la designación del mediador y las audiencias, en la práctica suele llevar de 1 a 3 meses.
Costo: el mediador percibe un honorario básico cuyo monto fija la reglamentación del Poder Ejecutivo nacional (art. 35 de la Ley 26.589). La mediación es gratuita solo para quien acredita que necesita litigar sin contar con recursos de subsistencia (art. 36).
Paso 2: Demanda judicial
Si la mediación no prospera, el propietario presenta la demanda de desalojo ante el juzgado civil correspondiente. La demanda debe incluir:
Datos de las partes (propietario e inquilino)
Descripción del inmueble (dirección, datos registrales)
Causal invocada (falta de pago, vencimiento, etc.)
Prueba documental: contrato de alquiler, intimaciones previas, certificado de mediación frustrada
Petición concreta: que se ordene el desalojo y se condene en costas
Documentación necesaria:
Contrato de alquiler original
Cartas documento o intimaciones previas
Certificado de mediación frustrada
Constancia de titularidad del inmueble (si correspondiere)
Recibos de pago (para demostrar la falta de pago)
Paso 3: Traslado de la demanda
Una vez admitida la demanda, el juzgado notifica al inquilino (demandado), quien tiene un plazo para contestar. Ese plazo lo fija la ley procesal de cada jurisdicción y el juzgado lo indica al notificar.
El inquilino puede:
Contestar la demanda y oponer defensas
Allanarse (aceptar el desalojo y negociar plazos)
No contestar (se lo declara en rebeldía y el proceso sigue sin su participación)
Paso 4: Prueba
Si el demandado contesta y hay hechos controvertidos, se abre una etapa de prueba donde ambas partes presentan sus elementos:
Prueba informativa (informes de bancos, registros)
Prueba pericial (si se discuten daños al inmueble, por ejemplo)
Paso 5: Sentencia
El juez analiza las pruebas y dicta sentencia:
Si hace lugar al desalojo: ordena la restitución del inmueble en un plazo determinado (el plazo de ejecución de la sentencia de desalojo no puede ser menor a 10 días, art. 1223 CCyC)
Si rechaza el desalojo: el propietario puede apelar ante la Cámara de Apelaciones
Paso 6: Ejecución del desalojo (lanzamiento)
Si el inquilino no cumple con la sentencia voluntariamente, el propietario solicita el lanzamiento, que es la ejecución forzada del desalojo:
Se fija una fecha de lanzamiento por orden judicial
Un oficial de justicia concurre al inmueble con un cerrajero y, si es necesario, fuerza pública (policía)
Se labra un acta de lanzamiento
El inmueble se restituye al propietario
Los bienes del inquilino, si los dejó, se inventarian y se almacenan por un plazo legal
¿Cuánto tarda realmente un desalojo?
Los plazos legales son una cosa; los reales, otra. Esto es lo que podés esperar en la práctica:
Etapa
Plazo teórico
Plazo real estimado
Mediación previa
1-2 meses
1-3 meses
Presentación de demanda y sorteo de juzgado
1-2 semanas
2-4 semanas
Notificación al demandado
1-2 semanas
2-6 semanas
Contestación de demanda
Según el procedimiento local
1-2 meses (con prórrogas)
Etapa de prueba
1-3 meses
2-6 meses
Sentencia
1-2 meses
2-4 meses
Apelación (si la hay)
3-6 meses
4-12 meses
Lanzamiento
1-2 semanas
1-3 meses
Total estimado sin apelación: 6 a 14 meses.
Total estimado con apelación: 12 a 24 meses o más.
Factores que alargan el proceso
Juzgados sobrecargados: la cantidad de causas en trámite genera demoras
Dificultad para notificar al demandado: si no se lo encuentra, hay que publicar edictos
Incidentes procesales: el inquilino puede plantear nulidades, excepciones o recursos que demoran el trámite
Feriados judiciales: en enero y julio la actividad judicial se reduce sustancialmente
¿Cuánto cuesta un juicio de desalojo?
Para el propietario (demandante)
Concepto
Costo estimado
Honorarios del abogado
Se pactan con el abogado; varían mucho según el caso y la jurisdicción
Tasa de justicia
En la Justicia nacional de la Capital Federal es del 3% (Ley 23.898, art. 2), que en los desalojos se calcula sobre el valor actualizado de 6 meses de alquiler (art. 4, inc. b). Cada jurisdicción tiene su propio régimen
Mediación
Honorario básico del mediador (art. 35 de la Ley 26.589); gratuita para quien acredita falta de recursos (art. 36)
Gastos de notificación
Carta documento: $ 24.000 por envío según la tarifa de Correo Argentino al 5/10/2026 (se actualiza); cédulas y otros gastos varían
Cerrajero y lanzamiento
Varía según el caso; pedí presupuesto al cerrajero y consultá a tu abogado
Para el inquilino (demandado)
Honorarios del abogado propio (si contrata uno)
Costas del juicio: si pierde, puede ser condenado a pagar los honorarios del abogado del propietario y los gastos del proceso
Intereses moratorios por los alquileres adeudados
Indemnización por daños al inmueble, si corresponde
Importante sobre las costas
En Argentina, el principio general es que las costas las paga el perdedor. Esto significa que si el inquilino pierde el juicio de desalojo, deberá pagar:
Los honorarios de su propio abogado
Los honorarios del abogado del propietario
La tasa de justicia
Los gastos del proceso
Derechos del Propietario
Durante la vigencia del contrato
Cobrar el alquiler en tiempo y forma
Recibir el inmueble en buenas condiciones al finalizar el contrato
Inspeccionar el inmueble con previo aviso y acuerdo del inquilino
Exigir el cumplimiento de todas las cláusulas del contrato
En el proceso de desalojo
Iniciar la demanda cuando existe una causal legítima
Solicitar medidas cautelares (por ejemplo, prohibición de innovar para evitar que el inquilino dañe el inmueble)
Reclamar daños y perjuicios por el período de ocupación indebida
Solicitar el cobro de una indemnización por uso y ocupación del inmueble luego del vencimiento del contrato
Derechos del Inquilino
Protecciones legales
No puede ser desalojado sin orden judicial: nadie puede cambiar las cerraduras, cortar servicios ni amenazar al inquilino para que se vaya
Derecho a defensa: puede contestar la demanda, ofrecer pruebas y apelar la sentencia
Plazo para desocupar: si se ordena el desalojo, se otorga un plazo razonable
Protección de bienes personales: sus pertenencias deben ser resguardadas durante el lanzamiento
Defensas posibles del inquilino
Pago de la deuda: si la causal es falta de pago, puede purgar la mora pagando lo adeudado
Nulidad de la notificación: si la intimación previa no fue válida
Cuestionar la causal: demostrar que no se configuró la causal invocada
Vicios del contrato: si el contrato tiene cláusulas abusivas o es nulo
Continuación de la locación: demostrar que el contrato sigue vigente porque nunca se le comunicó fehacientemente su conclusión (art. 1218 CCyC)
Qué NO puede hacer el propietario
Es muy importante saber que el propietario nunca puede:
Cambiar las cerraduras del inmueble por su cuenta
Cortar servicios (agua, luz, gas) para presionar al inquilino
Amenazar o intimidar al inquilino
Ingresar al inmueble sin consentimiento del inquilino
Retirar pertenencias del inquilino
Todas estas acciones constituyen delitos penales (usurpación, coacción, daños) y pueden ser denunciadas por el inquilino.
Desalojo Extrajudicial: Acuerdo entre Partes
Antes de llegar al juzgado, siempre es conveniente intentar resolver la situación de manera extrajudicial. Un acuerdo entre partes ahorra tiempo, dinero y desgaste emocional a ambos.
Cómo negociar un acuerdo
Comunicación directa: hablar abiertamente sobre la situación
Propuesta de plan de pago: si la deuda es el problema, ofrecer un cronograma de regularización
Plazo para desocupar: acordar una fecha razonable de entrega del inmueble
Condonación parcial: en algunos casos, el propietario puede perdonar parte de la deuda a cambio de la entrega rápida del inmueble
Formalizar el acuerdo: todo lo que se pacte debe quedar por escrito, idealmente certificado por escribano o mediador
Ventajas del acuerdo extrajudicial
Rapidez: se puede resolver en días o semanas (vs. meses o años en sede judicial)
Ahorro: no hay costos judiciales, honorarios elevados ni gastos de lanzamiento
Confidencialidad: no queda registrado como antecedente judicial
Flexibilidad: las partes pueden acordar condiciones a medida
Preservación de la relación: aunque parezca menor, un acuerdo amigable deja menos resentimiento
¿Cómo se previene un desalojo?
Para propietarios
Verificar antecedentes del inquilino antes de firmar el contrato
Exigir garantías sólidas (propietaria, seguro de caución, aval bancario)
El proceso completo, desde la mediación hasta el lanzamiento efectivo, suele demorar entre 6 y 14 meses en la práctica si no hay apelación. Si la hay, puede extenderse a 24 meses o más.
Puedo desalojar al inquilino por mi cuenta
No. Cualquier acción de desalojo sin orden judicial constituye un delito. Siempre debés recurrir a la justicia.
Qué pasa si el inquilino no tiene adónde ir
El juez puede otorgar plazos más amplios para la desocupación, especialmente si hay menores, personas mayores o personas con discapacidad. Pero el desalojo igualmente se ejecuta.
Puedo reclamar alquileres adeudados además del desalojo
Sí. Podés acumular la acción de desalojo con la de cobro de alquileres y daños y perjuicios en el mismo proceso o en uno separado.
Qué pasa si el inquilino destruyó el inmueble
Podés reclamar los daños como parte del proceso o iniciar una demanda separada. Si la destrucción fue intencional, también podés hacer una denuncia penal por daño.
Conviene ir a juicio o negociar
En la gran mayoría de los casos, negociar es mejor que litigar. El proceso judicial es largo, costoso e incierto. Un acuerdo extrajudicial bien instrumentado te ahorra meses de espera y gastos significativos.
Conclusión
El desalojo es un proceso complejo que requiere paciencia, asesoramiento legal y una estrategia clara. Tanto si sos propietario como inquilino, conocer tus derechos y obligaciones es la mejor forma de protegerte.
Si estás por alquilar una propiedad, invertí tiempo en elegir bien al inquilino, redactar un buen contrato y mantener una comunicación fluida. Y si sos inquilino, cumplí con tus obligaciones y comunicá cualquier dificultad a tiempo. La prevención siempre es más barata que el litigio.