ALQUILER – PH AL FRENTE – COCHERA CUBIERTA – TERRAZA PROPIA
PH al frente en excelente ubicación, desarrollado sobre 177 m² totales, con garage cubierto, terraza propia, amplio lavadero y baulera. Una propiedad con ambientes amplios y gran potencial para quienes buscan comodidad y espacios versátiles.
Al ingresar, en planta baja, encontramos el garage cubierto, con acceso directo al living-comedor, un ambiente luminoso gracias a su ventana al frente, que aporta excelente ventilación e iluminación natural.
Hall de distribución donde se ubica el baño principal y los dos dormitorios, ambos de generosas dimensiones y con salida al patio.
Al fondo de la propiedad se encuentra la cocina independiente, con acceso al patio. Desde este sector se desarrolla la escalera que conduce a la planta alta, donde encontramos una baulera, un amplio cuarto de lavado y la salida a la terraza propia.
Por sus dimensiones, el cuarto de lavado ofrece múltiples posibilidades de uso, pudiendo adaptarse como espacio de trabajo, playroom, taller o quincho para disfrutar de reuniones junto a la terraza.
Características
Garage cubierto.
Terraza propia.
Lavadero independiente.
Baulera.
Cocina a gas.
Agua caliente por termotanque.
Servicios a cargo del inquilino.
Luz.
Gas.
Agua.
Abl.
Se acepta un gato o un perro de tamaño pequeño.
Condiciones:
Contrato por 2 años.
Ajuste trimestral por IPC.
Requisitos:
Ingresos demostrables con una antigüedad mínima de 1 año, que tripliquen el valor del alquiler.
Seguro de caución (Respaldar, Garantía Ya o Monclair).
No se acepta garantía propietaria.
Depósito en garantía equivalente a un mes de alquiler, en pesos.
Un mes de alquiler por adelantado.
Matricula 9776 CUCICBA
Las medidas son aproximadas y solo a título informativo. Fotos de carácter no contractual. Los valores de las expensas pueden sufrir modificaciones.
LEY 5859 - ART. 5
“Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”