Cómo Deducir el Alquiler del Impuesto a las Ganancias 2026
12 min de lectura
por Roomix
Cómo Deducir el Alquiler del Impuesto a las Ganancias
Si alquilás y pagás Impuesto a las Ganancias, tenés derecho a deducir parte del alquiler de tu vivienda. Es plata que vuelve a tu bolsillo (o que deja de salir) y muchos inquilinos no lo aprovechan por desconocimiento. En esta guía te explicamos exactamente cómo funciona, cuánto podés deducir, qué requisitos tenés que cumplir y cómo hacer el trámite paso a paso.
Qué Dice la Ley
El artículo 85 de la Ley de Impuesto a las Ganancias (Ley 20.628, texto ordenado) permite a los inquilinos de inmuebles destinados a casa-habitación deducir de sus ingresos el equivalente al 40% del monto del alquiler, con un tope anual.
Es decir: si pagás $500.000 de alquiler por mes, podés deducir $200.000 mensuales (el 40%) de tu base imponible de Ganancias. Esto no significa que te devuelvan $200.000, sino que sobre esos $200.000 no pagás impuesto.
Cuánto Ahorrás en Números
Para entender el impacto real, hay que hacer la cuenta:
Alquiler Mensual
Deducción Mensual (40%)
Ahorro Estimado en Ganancias*
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El ahorro depende de tu alícuota marginal (entre 27% y 35% para la mayoría de los contribuyentes de Ganancias). Estos valores son aproximados y están sujetos al tope anual.
El Tope Anual
La deducción tiene un tope máximo anual que AFIP actualiza periódicamente. Para el período fiscal 2025 (que se declara en 2026), el tope rondaba los $4.500.000 - $5.000.000 anuales. Para el período 2026, se espera una actualización acorde a la inflación.
Si tu 40% del alquiler anual supera el tope, solo podés deducir hasta ese tope.
Ejemplo: Si pagás $600.000/mes de alquiler, el 40% anual es $2.880.000. Si el tope es $5.000.000, podés deducir los $2.880.000 completos. Pero si pagás $1.200.000/mes, el 40% anual es $5.760.000 y solo podrías deducir hasta el tope.
Requisitos para Deducir
Para acceder a esta deducción, tenés que cumplir todos estos requisitos:
1. Ser Trabajador en Relación de Dependencia o Autónomo Alcanzado por Ganancias
La deducción aplica si tributás Ganancias, ya sea:
Como empleado en relación de dependencia (tu empleador te retiene Ganancias del sueldo)
Como autónomo inscripto en Ganancias
Si sos monotributista, no podés deducir alquiler porque el monotributo es un régimen simplificado que no permite deducciones.
2. No Ser Propietario de un Inmueble
Esta es la condición más importante: la deducción es solo para quienes no son titulares de ningún inmueble en todo el territorio nacional. Si tenés una propiedad (aunque no la uses como vivienda), no podés deducir el alquiler.
Excepciones posibles:
Si heredaste un porcentaje menor de un inmueble, consultá con un contador
Si tu cónyuge es propietario pero vos no, puede haber matices según la situación
3. El Contrato Debe Estar a Tu Nombre
El contrato de alquiler tiene que estar firmado a nombre del contribuyente que deduce. Si el contrato está a nombre de tu pareja y vos querés deducir, no se puede (salvo que ambos figuren como locatarios en el contrato).
4. Tener Factura o Comprobante
Necesitás los comprobantes de pago del alquiler:
Factura emitida por el propietario o la inmobiliaria
Recibos de pago
Comprobantes de transferencia bancaria
En la práctica, lo más robusto es tener la factura del propietario. Si el propietario no factura (algo ilegal, por cierto), podés presentar los recibos de pago como respaldo.
5. El Destino Debe Ser Vivienda
Solo se puede deducir el alquiler de la vivienda única. No aplica para:
Alquileres comerciales (oficina, local)
Alquileres temporarios (vacaciones)
Segundas viviendas o casas de fin de semana
Cocheras independientes
Cómo Cargar la Deducción: SIRADIG Paso a Paso
El SIRADIG (Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias) es la herramienta de AFIP donde cargás las deducciones. Si sos empleado en relación de dependencia, este es el camino.
Buscá el servicio "SIRADIG - Trabajador" (si no lo tenés habilitado, buscá "Administrador de Relaciones de Clave Fiscal" y agregalo)
Paso 2: Seleccionar el Período
Elegí el período fiscal correspondiente (el año en curso). Las deducciones se pueden cargar en cualquier momento del año, pero es recomendable hacerlo mes a mes o al menos trimestralmente.
Paso 3: Cargar la Deducción por Alquiler
Dentro del SIRADIG, andá a la sección "Deducciones y Desgravaciones"
Seleccioná "Alquiler de inmuebles destinados a casa-habitación"
Completá los datos:
CUIT del propietario: El CUIT/CUIL del locador (quien te alquila)
Monto pagado: El total del alquiler pagado en el período
Datos del inmueble: Dirección completa
Adjuntá el comprobante: Factura o recibo del alquiler (en formato PDF o imagen)
Paso 4: Presentar el Formulario 572 Web
Una vez cargadas las deducciones, el sistema genera el Formulario 572 Web que se envía automáticamente a tu empleador. Tu empleador recalcula la retención de Ganancias y, si corresponde, te devuelve el excedente en los meses siguientes.
Paso 5: Verificar el Impacto
En tu próximo recibo de sueldo deberías ver una reducción en la retención de Ganancias (o incluso una devolución si ya te retuvieron de más).
Caso Especial: Autónomos
Si sos autónomo y pagás Ganancias a través de la declaración jurada anual, el procedimiento es diferente:
La deducción se carga en la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias
Se declara en el rubro de deducciones personales
Necesitás la misma documentación (contrato, facturas/recibos)
El beneficio se ve reflejado en el saldo de la DDJJ (menor impuesto a pagar o saldo a favor)
Documentación Necesaria
Para tener todo en orden, guardá:
Documento
Para Qué Sirve
Contrato de alquiler
Acredita la relación locativa y el destino vivienda
Facturas del propietario
Comprobante fiscal del pago
Recibos de pago
Respaldo adicional
Transferencias bancarias
Prueba de pago (conviene pagar por transferencia)
Certificado de no titularidad
Puede pedirlo AFIP en caso de fiscalización
El Certificado de No Titularidad
AFIP puede verificar que no seas propietario cruzando datos con los registros de la propiedad. En caso de fiscalización, te pueden pedir un informe de dominio del Registro de la Propiedad Inmueble que acredite que no tenés inmuebles a tu nombre.
Consejo: Pagá el alquiler siempre por transferencia bancaria. Esto genera un registro automático que respalda tu deducción y es difícil de cuestionar.
Errores Comunes al Deducir
1. No Cargar la Deducción a Tiempo
El SIRADIG tiene plazos. Si no cargás la deducción antes del vencimiento del período fiscal (generalmente marzo del año siguiente), perdés el beneficio para ese período. No pospongas.
2. Deducir Siendo Propietario
Si compraste un inmueble durante el año (felicitaciones!), a partir de ese momento ya no podés deducir el alquiler. Tenés que declarar la deducción solo por los meses en que no fuiste propietario.
3. No Pedir Factura
Si el propietario no te da factura, tu deducción queda debilitada ante una eventual fiscalización. Exigí factura: es tu derecho y la obligación del propietario.
4. Deducir el 100% en Lugar del 40%
El error más básico. La deducción es sobre el 40% del alquiler, no sobre el total. Si cargás el 100%, AFIP puede rechazar la deducción y reclamarte ajustes.
5. No Considerar el Tope
Si tu 40% anual supera el tope, cargá solo hasta el tope. Poner un número mayor puede generar inconsistencias.
Qué Pasa con el Propietario
Un aspecto que muchos inquilinos desconocen: al cargar la deducción en SIRADIG, estás declarando quién es tu propietario (con CUIT) y cuánto le pagás. AFIP puede cruzar esta información con la declaración del propietario.
Si el propietario no declara ese ingreso por alquiler, puede tener problemas fiscales. Esto genera una tensión que algunos propietarios resuelven pidiéndote que no deduzcas (lo cual es ilegal de su parte). Tu derecho a deducir existe independientemente de la situación fiscal del propietario.
Para más detalle sobre los impuestos que paga el propietario, podés leer nuestra guía de impuestos inmobiliarios.
Otras Deducciones Relacionadas con Vivienda
Además del alquiler, existen otras deducciones vinculadas a la vivienda:
Intereses de Crédito Hipotecario
Si tenés un crédito hipotecario para tu vivienda única, podés deducir los intereses pagados, con un tope anual. Más información sobre hipotecarios en nuestra guía de créditos hipotecarios UVA.
Seguro de Vida
Los seguros de vida obligatorios (como el que se contrata en muchos créditos hipotecarios) también son deducibles.
Servicio Doméstico
Si tenés empleada doméstica registrada, podés deducir la remuneración y las contribuciones patronales, con tope.
Prepaga o Mutual
Las cuotas de medicina prepaga o mutual son deducibles, con un tope del 5% de la ganancia neta.
Simulador: Cuánto Te Ahorrarías
Veamos un caso concreto. Supongamos que sos empleado en relación de dependencia con un sueldo bruto de $2.500.000/mes y alquilás un departamento en CABA por $600.000/mes.
Concepto
Sin Deducción
Con Deducción
Sueldo bruto anual
$32.500.000
$32.500.000
Deducciones personales (mínimo no imponible, deducción especial)
-$15.000.000 (est.)
-$15.000.000 (est.)
Deducción alquiler (40% x $600.000 x 13)*
$0
-$3.120.000
Base imponible estimada
$17.500.000
$14.380.000
Ganancias estimado anual
$4.375.000
$3.420.000
Ahorro anual
-
$955.000
Ahorro mensual equivalente
-
~$73.500
Se calculan 13 meses por el aguinaldo. Los valores son estimativos.
Casi $74.000 por mes que dejás de pagar de Ganancias. No es menor.
Cronograma: Cuándo Hacer Cada Trámite
Período
Qué Hacer
Enero
Cargá las deducciones del año anterior si no lo hiciste
Cada mes/trimestre
Cargá los pagos de alquiler en SIRADIG
Abril
Verificá que tu empleador haya aplicado las deducciones del año anterior
Marzo del año siguiente
Fecha límite para cargar deducciones del período fiscal
Junio del año siguiente
Vencimiento de la DDJJ de Ganancias (para autónomos)
Preguntas Frecuentes
Puedo deducir si alquilo con un familiar como propietario?
Sí, siempre que el contrato y los pagos sean reales y estén documentados. AFIP puede cuestionar operaciones entre familiares si sospecha que son simuladas.
Qué pasa si comparto departamento y el contrato está a nombre de los dos?
Cada inquilino que figure en el contrato puede deducir su parte proporcional del alquiler, siempre que cumpla con los demás requisitos.
Mi propietario no quiere darme factura. Qué hago?
El propietario está obligado a emitir comprobante. Podés hacer una denuncia en AFIP, pero antes intentá resolver la situación amigablemente. En última instancia, los comprobantes de transferencia bancaria sirven como respaldo.
Puedo deducir expensas además del alquiler?
No. La deducción aplica solo sobre el monto del alquiler propiamente dicho. Las expensas no son deducibles.
Si me mudo a mitad de año, cómo cargo la deducción?
Cargás cada período por separado: los meses en la vivienda anterior con los datos de ese contrato y propietario, y los meses en la nueva vivienda con los datos correspondientes. El tope anual sigue siendo uno solo para todo el año.
No. El seguro de caución es un gasto vinculado a la garantía del contrato, no al alquiler en sí, y no está contemplado como deducción.
Conclusión
Deducir el alquiler de Ganancias es un derecho que tienen todos los inquilinos que tributan este impuesto y no son propietarios. El trámite es sencillo a través del SIRADIG y el ahorro puede ser significativo: estamos hablando de $50.000 a $150.000 por mes dependiendo de tu situación.
No dejes plata sobre la mesa. Cargá tu deducción, pedí factura y pagá siempre por transferencia bancaria.
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Etiquetas
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